- Ley
- Reglamento de Tránsito del Estado de México
- Artículo
- 74
Artículo 74 del Reglamento de Tránsito del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que vas a entrar a una rotonda o glorieta que no tiene semáforos. Ahí, la prioridad la tienen los coches, motos o camiones que ya están dando vueltas dentro de ella. Así que tú, como conductor, debes esperar a que pasen todos antes de meterte. Es como si fuera una fila: los que ya están adentro tienen el derecho de paso.
Texto oficial
Articulo 74.- En las glorietas donde la circulación no esté controlada por semáforos, los conductores que entren a la misma, deben ceder el paso a los vehículos que ya se encuentran circulando en ella.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.