Artículo 25 del Reglamento de Conciliación Administrativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un conciliador (la persona que ayuda a resolver conflictos) no sigue las reglas de este reglamento, le pueden aplicar un castigo. Puede ser solo una llamada de atención formal (amonestación), suspenderlo del trabajo hasta por tres meses, o incluso correrlo del puesto (destitución). Y esto es aparte de cualquier otro castigo que digan otras leyes.
Texto oficial
Artículo 25.- Las violaciones a las disposiciones establecidas en este reglamento, cometidas por los conciliadores, se sancionarán con amonestación, suspensión hasta por tres meses y destitución del cargo; independientemente de lo que dispongan otras leyes u ordenamientos legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.