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Artículo 26 del Reglamento del Libro Décimo Noveno del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros de la Comisión (aparte del presidente) tienen estas obligaciones: asistir a las juntas, participar en las discusiones, y si es necesario, hacer comentarios sobre las minutas de las reuniones. También deben analizar y votar los temas que se traten, cumplir con los acuerdos que los involucren, y proponer puntos a tratar o cambios en el orden del día. Además, deben hacer lo que digan otras leyes o lo que decida la Comisión o su presidente.

Texto oficial

Artículo 26. A los demás integrantes de la Comisión les corresponde: I. Asistir a las sesiones de la Comisión; II. Participar en los debates que se susciten en las sesiones; III. Emitir, en su caso, observaciones a las actas de las sesiones; IV. Participar en el análisis y en la resolución de los asuntos que se traten en las sesiones de la Comisión y emitir el voto respectivo; V. Cumplir los acuerdos de la Comisión que involucren su participación; VI. Proponer asuntos para ser tratados en el orden del día y en su caso, proponer las modificaciones que estimen necesarias, y VII. Las demás que confieran otras disposiciones jurídicas aplicables y las que determine de la Comisión o el Presidente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.