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Artículo 106 del Reglamento de los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores sociales de las cárceles te ayudarán a mantener el contacto con tu familia, amigos y posibles empleos. Esto se hace para que cuando salgas, puedas reintegrarte a la sociedad más fácilmente. Es decir, no te dejan solo, sino que buscan que no pierdas los lazos con tu gente y con el mundo de afuera. Todo esto tiene como objetivo que tengas una mejor oportunidad de empezar de nuevo cuando termines tu condena.

Texto oficial

Artículo 106. Los Servicios Penitenciarios de Trabajo Social que se proporcionen a la persona privada de la libertad fomentarán la consolidación de los vínculos en su núcleo familiar, social y laboral, a fin de lograr su reinserción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.