Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 29 del Reglamento de los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada cárcel o centro de reclusión va a tener un grupo de expertos llamado "Comité Técnico". Este comité es como un equipo de personas que se reúnen para dar opiniones y tomar decisiones importantes sobre lo que pasa dentro del centro. Su trabajo es asegurarse de que los asuntos del lugar se atiendan rápido y bien. La forma en que se forma este comité, cómo funciona y qué puede hacer, depende de lo que digan las leyes que hablan de estos temas.

Texto oficial

Artículo 29. Para la atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia cada uno de los Centros Penitenciarios contará con un Comité Técnico, como un órgano colegiado, consultivo y de autoridad en aquellos asuntos que corresponda resolver en su interior, cuya integración, funcionamiento y atribuciones se regirá por las disposiciones jurídicas establecidas para tales efectos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.