Artículo 63 del Reglamento de los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las faltas graves que pueden cometer las personas en la cárcel son las mismas que ya están marcadas en el artículo 40 de esta misma ley. O sea, no hay una lista nueva aquí, solo te recuerdan que las faltas graves son las que ya vienen en esa otra parte de la ley. Así que, si quieres saber cuáles son esas faltas, tienes que buscar y leer el artículo 40 que acaban de mencionar.
Texto oficial
Artículo 63. Se entenderán por faltas disciplinarias graves las estipuladas en el artículo 40 de la Ley. CAPÍTULO SEGUNDO IMPOSICIÓN DE SANCIONES A LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.