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Artículo 64 del Reglamento de los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Técnico, que es como un grupo de jueces dentro de la cárcel, para decidir si alguien cometió una falta tiene que revisar un reporte escrito por los guardias. En ese reporte deben venir todos los detalles: qué pasó, a qué hora, en qué lugar, quiénes estuvieron involucrados y qué regla se rompió. Esto es para asegurarse de que el castigo sea justo, que no sea exagerado y que respete los derechos humanos de la persona presa. Además, cuando se va a aplicar un castigo por una falta, todo el proceso debe seguir las reglas, respetar que la persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario y darle un juicio justo dentro de la cárcel. Solo se pueden poner los castigos que ya están escritos en la ley, no cualquier cosa inventada.

Texto oficial

Artículo 64. Para la determinación de las faltas disciplinarias el Comité Técnico deberá tomar en cuenta el reporte presentado por el personal de custodia penitenciaria, donde se consignarán los hechos con las circunstancias de tiempo, modo y lugar y las personas involucradas, así como la infracción al Reglamento, con el objeto de que se puedan acreditar de manera adecuada los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad, así como a la culpabilidad y respeto a los derechos humanos, en atención a lo señalado por la Ley. Los procedimientos para la imposición de sanciones por faltas disciplinarias de las personas privadas de la libertad se ajustarán a las disposiciones aplicables, con respeto a los derechos humanos y en apego a los principios de presunción de inocencia y el debido proceso penitenciario, de conformidad con lo previsto por la Ley. Sólo podrán ser aplicadas las sanciones disciplinarias que para tal efecto señala la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.