Artículo 21 del Reglamento del Artículo 7 Bis de la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si el gobierno cree que compartir cierta información (como planos de construcción o medidas de seguridad de los centros) podría ser riesgoso, entonces puede asignar los contratos directamente, sin hacer una licitación abierta. Esto se hace para proteger esa información delicada. En pocas palabras, cuando hay datos que deben mantenerse en secreto por seguridad, el gobierno puede elegir directamente a quién darle el contrato, sin que otras empresas compitan.
Texto oficial
Artículo 21.- Cuando el Estado considere que se pone en riesgo la discrecionalidad de la información relativa a los planos de construcción, las estrategias y mecanismos de seguridad que se deben implementar en los centros, el procedimiento de adjudicación de los contratos materia de este Reglamento será el de asignación directa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.