Artículo 22 del Reglamento del Articulo 947 del Código Civil del Estado de México sobre Inmuebles en Condominio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando rentes un departamento, vivienda o local que esté en un edificio de condominios, tu contrato de renta debe incluir una regla muy importante: tienes que cumplir con el Reglamento de Condominio y Administración de ese edificio. Además, te deben dar una copia de ese reglamento junto con el contrato que firmes. Así, desde el principio sabes las reglas del lugar, como horarios, uso de áreas comunes o qué está permitido.
Texto oficial
Artículo 22.- Todo contrato de arrendamiento que se celebre respecto a una porción, piso, departamento, vivienda o local, sujetos al régimen de condominio, deberá incluir la obligación del arrendatario de acatar el Reglamento de Condominio y Administración del edificio respectivo, agregándose un ejemplar de dicho Reglamento a cada contrato.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.