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Ley
LEY de Ascensos de la Armada de México
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para subir de Capitán de Corbeta a Capitán de Fragata en la Armada, necesitas tres cosas: primero, haber sido Capitán de Corbeta por lo menos tres años; segundo, haber trabajado en tu especialidad dentro de un barco o base naval durante al menos dos años; y tercero, ganar un concurso de ascensos donde saques un promedio suficiente para quedar entre los lugares disponibles según las vacantes que haya.

Texto oficial

ARTICULO 31.- Para ascender de Capitán de Corbeta a Capitán de Fragata, se requerirá: I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado; II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

Ver texto oficial de la LEY de Ascensos de la Armada de México (pág. 6) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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