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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAAM/7
Ley
LEY de Ascensos de la Armada de México
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 7 ya no existe en la ley. Lo eliminaron oficialmente el 27 de agosto de 2010. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se borra o se cancela para siempre. Así que ya no hay nada que explicar de ese artículo porque ya no está vigente.

Texto oficial

ARTICULO 7o.- Se deroga. Artículo derogado DOF 27-08-2010

Ver texto oficial de la LEY de Ascensos de la Armada de México (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.