Artículo 9 de la LEY de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te ascienden en el Ejército o la Fuerza Aérea por buenos resultados o por situaciones de guerra, desde ese momento tienes que cumplir con todas las reglas y requisitos que exige la ley para tu nuevo rango. Si no lo haces, no podrás participar en futuras promociones o ascensos. Básicamente, para poder seguir subiendo de puesto, debes portarte como se espera de alguien en ese grado desde el primer día.
Texto oficial
ARTICULO 9o.- Cuando se obtenga un ascenso por méritos especiales o por las causas establecidas para tiempo de guerra, el personal ascendido deberá cumplir con lo previsto en esta Ley y demás disposiciones para ese grado, a efecto de poder tomar parte en promociones posteriores. Artículo reformado DOF 27-08-2010, 17-12-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.