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Artículo 9 de la LEY de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te ascienden en el Ejército o la Fuerza Aérea por buenos resultados o por situaciones de guerra, desde ese momento tienes que cumplir con todas las reglas y requisitos que exige la ley para tu nuevo rango. Si no lo haces, no podrás participar en futuras promociones o ascensos. Básicamente, para poder seguir subiendo de puesto, debes portarte como se espera de alguien en ese grado desde el primer día.

Texto oficial

ARTICULO 9o.- Cuando se obtenga un ascenso por méritos especiales o por las causas establecidas para tiempo de guerra, el personal ascendido deberá cumplir con lo previsto en esta Ley y demás disposiciones para ese grado, a efecto de poder tomar parte en promociones posteriores. Artículo reformado DOF 27-08-2010, 17-12-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.