Artículo 102 de la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una vez que se hayan presentado todas las pruebas, se les entregan los papeles del caso a la persona que presentó la queja (el inconforme) y al tercero interesado para que, en un plazo de tres días hábiles, escriban sus argumentos finales (llamados alegatos). Después de que pasen esos tres días, la autoridad encargada del asunto dará por terminada la etapa de pruebas y tendrá quince días hábiles para emitir su decisión final.
Texto oficial
Artículo 102. Desahogadas las pruebas, se pondrán las actuaciones a disposición del inconforme y tercero interesado a efecto de que dentro del plazo de tres días hábiles formulen sus alegatos por escrito. Transcurrido el término señalado, la autoridad que conozca de la inconformidad cerrará la instrucción y dictará la resolución en un término de quince días hábiles. LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-04-2025 48 de 53
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