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Artículo 109 de la LEY de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si un proveedor (la empresa que vende algo al gobierno) o una dependencia pública tiene un problema con un contrato, pueden pedirle a la Secretaría que los ayude a llegar a un arreglo. La Secretaría agendará una junta de conciliación dentro de los 15 días hábiles después de recibir la solicitud. Tanto el gobierno como el proveedor tienen la obligación de ir a esa junta; si no van, su solicitud se considera cancelada. Si un funcionario público no asiste o no responde, se le pueden aplicar multas o sanciones, además de las consecuencias legales por no cumplir con su trabajo.

Texto oficial

Artículo 109. En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos, pedidos y órdenes de servicio o de suministro, celebrados con base en disposiciones de esta Ley y con recursos federales. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte de la dependencia, entidad o proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. En tanto que la inasistencia y/o la omisión a emitir su contestación sobre los hechos de la solicitud dará lugar a la aplicación de medidas de apremio a las personas servidoras públicas responsables, ello con independencia del desacato en que incurran en términos de lo previsto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.