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Artículo 34 de la LEY de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Agencia Federal de Aviación Civil es la encargada de poner las reglas para transportar por avión cosas peligrosas, como armas, municiones o explosivos. Esto no quita que otras autoridades del gobierno también tengan voz en el asunto, y se deben respetar los acuerdos internacionales. En pocas palabras, la agencia coordina cómo se manejan estos materiales en los aviones, pero no trabaja sola.

Texto oficial

Artículo 34. La Agencia Federal de Aviación Civil debe regular el transporte aéreo de mercancías peligrosas, así como de armas, municiones y explosivos, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a otras dependencias de la Administración Pública Federal y de lo dispuesto por los tratados. Artículo reformado DOF 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 2 a 13), 03-05-2023 (Ed. vesp., páginas 17 a 62) Nota: Por Decreto publicado en las páginas 2 a 13 de la edición vespertina del DOF 03-05-2023 se adicionó un segundo párrafo al artículo 34. Sin embargo, mediante un segundo Decreto publicado en la misma edición del DOF 03-05-2023, pero en las páginas 17 a 62, se reformó completo el artículo 34 para quedar con un solo párrafo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.