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Ley
LEY de Aviación Civil
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa de transporte pierde o daña tu carga, está obligada a pagarte una compensación. Esa compensación se calcula usando la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia oficial para calcular montos. Por cada kilogramo del peso total de tu paquete, te pagarán el equivalente a 10 UMAs. El pago se hace al destinatario, y si no es posible, al remitente (quien envió la carga).

Texto oficial

Artículo 63. Por la pérdida o avería de la carga, los concesionarios o permisionarios deberán cubrir al destinatario o, en su defecto, al remitente, una indemnización equivalente a diez Unidades de Medida y Actualización por kilogramo de peso bruto. Artículo reformado DOF 18-06-2018

Ver texto oficial de la LEY de Aviación Civil (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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