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Artículo 81 de la LEY de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes) es la encargada de investigar los accidentes aéreos de aviones civiles, pero esa investigación la hace un grupo especial llamado Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos, que tiene total libertad y autoridad para hacer su trabajo. Al terminar la investigación, después de escuchar a los afectados, deben decir cuál fue la causa más probable del accidente y pueden tomar las medidas que consideren necesarias. Las personas que forman parte de esa comisión no deben tener ningún interés personal o económico que pueda afectar su imparcialidad. El chiste de todo esto no es echarle la culpa a nadie, sino sacar conclusiones para evitar que vuelva a pasar un accidente similar en el futuro.

Texto oficial

Artículo 81. Corresponde a la Secretaría la investigación de los accidentes e incidentes sufridos por aeronaves civiles, a través de la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos, quien tendrá independencia para realizar la investigación y autoridad absoluta al llevarla a cabo, de conformidad con el Reglamento y las disposiciones técnico administrativas que se emitan para tal efecto. Concluida la investigación, que se llevará a cabo con audiencia de los interesados, determinará la causa probable de los mismos y, en su caso, tomará las acciones que estime pertinentes para el caso en concreto. Los integrantes de la Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes Aéreos no deberán caer en conflictos de intereses en el ejercicio de su encargo, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los tratados suscritos por el Estado mexicano y demás disposiciones que resulten aplicables. El objetivo de las investigaciones de accidentes o incidentes implementadas por la Secretaría será la prevención de futuros accidentes e incidentes. La identificación de la causa probable, factores contribuyentes y recomendaciones no implica la asignación de culpa ni determinación de responsabilidad administrativa, civil o penal. Artículo reformado DOF 20-05-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.