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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LACP/49
Ley
LEY de Ahorro y Crédito Popular
Artículo
49

Artículo 49 de la LEY de Ahorro y Crédito Popular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 49 fue eliminado de la ley oficialmente el 13 de agosto de 2009. "Derogar" significa que ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado del reglamento. Por lo tanto, este artículo ya no se aplica ni tiene ningún efecto legal. No debes preocuparte por lo que decía antes, porque ya no cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 49.- Se deroga. Artículo derogado DOF 13-08-2009

Ver texto oficial de la LEY de Ahorro y Crédito Popular (pág. 42) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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