Artículo 95 de la LEY de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La oficina del gobierno federal que cuida el agua (llamada "Autoridad del Agua") tiene derecho a revisar e inspeccionar cómo se tiran las aguas sucias o residuales, para checar que se esté cumpliendo con lo que dice la ley. Cuando hacen esa revisión, tienen que anotar todo lo que encontraron en un documento oficial llamado "acta circunstanciada". Ese documento es válido legalmente y puede usarse como prueba para que "la Comisión" y otras dependencias del gobierno federal castiguen a quienes no estén cumpliendo con las reglas del agua. Las sanciones que pueden aplicar son las que ya están escritas en la ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 95. "La Autoridad del Agua" en el ámbito de la competencia federal, realizará la inspección o fiscalización de las descargas de aguas residuales con el objeto de verificar el cumplimiento de la Ley. Los resultados de dicha fiscalización o inspección se harán constar en acta circunstanciada, producirán todos los efectos legales y podrán servir de base para que "la Comisión" y las dependencias de la Administración Pública Federal competentes, puedan aplicar las sanciones respectivas previstas en la Ley. Artículo reformado DOF 29-04-2004
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.