Artículo 99 de la LEY de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso del agua o eres dueño de una empresa que usa agua para trabajar, la "Autoridad del Agua" te tiene que ayudar cada vez que se lo pidas. Te pueden dar asesoría técnica o apoyo para construir, mantener o mejorar tus tuberías, canales o presas, y para que esos servicios funcionen bien. También pueden ayudarte a hacer más eficiente el uso del agua y a cuidar el suelo, pero todo esto lo hacen mediante programas especiales y en coordinación con grupos de usuarios del agua. En pocas palabras, si necesitas consejo o apoyo para tus obras de agua, puedes pedírselo directamente.
Texto oficial
ARTÍCULO 99. "La Autoridad del Agua" proporcionará a solicitud de las personas inversionistas, concesionarias o asignatarias, los apoyos y la asistencia técnica para la adecuada construcción, operación, conservación, mejoramiento y modernización de las obras hidráulicas y los servicios para su operación. Párrafo reformado DOF 11-12-2025 "La Autoridad del Agua" proporcionará igualmente los apoyos y la asistencia técnica que le soliciten para la adecuada operación, mejoramiento y modernización de los servicios hidráulicos para su desarrollo autosostenido, mediante programas específicos que incluyan el manejo eficiente y la conservación del agua y el suelo, en colaboración con las organizaciones de usuarios. Artículo reformado DOF 29-04-2004
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.