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Artículo 21 de la LEY de Asociaciones Religiosas y Culto Público

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las ceremonias religiosas públicas normalmente solo se pueden hacer dentro de los templos. Solo en casos especiales pueden hacerse afuera, siguiendo las reglas de esta ley y otras leyes aplicables. Las iglesias o asociaciones religiosas pueden transmitir sus eventos religiosos por radio, televisión o internet, pero solo en situaciones extraordinarias y con permiso de la Secretaría de Gobernación. Nunca pueden usar los tiempos de radio y televisión que el gobierno tiene reservados para el Estado. Si se llega a hacer una transmisión, el responsable del medio de comunicación (el dueño, patrocinador o concesionario) y la iglesia son igualmente responsables de cumplir las reglas para eventos públicos especiales. Además, está prohibido hacer reuniones políticas dentro de los templos.

Texto oficial

ARTICULO 21.- Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Solamente podrán realizarse extraordinariamente fuera de ellos, en los términos de lo dispuesto en esta ley y en los demás ordenamientos aplicables. Las asociaciones religiosas únicamente podrán, de manera extraordinaria, transmitir o difundir actos de culto religioso a través de medios masivos de comunicación no impresos, previa autorización de la Secretaría de Gobernación. En ningún caso, los actos religiosos podrán difundirse en los tiempos de radio y televisión destinados al Estado. En los casos mencionados en el párrafo anterior, los organizadores, patrocinadores, concesionarios o propietarios de los medios de comunicación, serán responsables solidariamente junto con la asociación religiosa de que se trate, de cumplir con las disposiciones respecto de los actos de culto público con carácter extraordinario. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político. LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PÚBLICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 7 de 19

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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