- Ley
- LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
- Artículo
- 17
Artículo 17 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando dos personas sacan la misma calificación en un concurso, el puesto se lo lleva quien tenga más años trabajando en la empresa o dependencia. Esto solo aplica si los dos están igual de capacitados según los puntos que sacaron. No importa quién sea más joven o tengas más estudios, lo que cuenta es la antigüedad. Todo esto se hace siguiendo las reglas que están en el artículo 44 de esta misma ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 17.- En igualdad de competencia profesional determinada por las puntuaciones obtenidas en el concurso, será ascendido el concursante de mayor antigüedad, de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 44 de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.