Artículo 33 de la LEY de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te quede claro, la Secretaría de la Defensa va a formar un grupo especial de personas que se encargará de revisar los casos de los militares que quieran un ascenso. Este grupo juntará todos los papeles y la información necesaria para que el Secretario de la Defensa pueda presentarle los mejores candidatos al Presidente de México. El grupo está compuesto por puros jefazos, como el Subsecretario de la Defensa, el Oficial Mayor, el Contralor del Ejército y la Guardia Nacional, entre otros mandos importantes del Ejército, la Fuerza Aérea y la Guardia Nacional.
Texto oficial
ARTÍCULO 33.- Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría constituirá una comisión de evaluación de la promoción superior, la cual tendrá como propósito integrar los expedientes y reunir los elementos de juicio que la persona titular de la Secretaría presentará a consideración de la persona titular de la Presidencia de la República, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 8 de esta Ley. Párrafo reformado DOF 16-07-2025 Dicha Comisión estará integrada por: I. Presidencia: Persona titular de la Subsecretaría de la Defensa Nacional; Fracción reformada DOF 16-07-2025 II. Primera Vocalía: Persona titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría; Fracción reformada DOF 16-07-2025 III. Segunda Vocalía: Persona titular de la Inspección y Contraloría del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional; Fracción reformada DOF 16-07-2025 IV. Tercera Vocalía: Persona titular de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto de la Secretaría de la Defensa Nacional; Fracción reformada DOF 16-07-2025 V. Cuarta Vocalía: Persona titular de la Comandancia del Ejército; Fracción reformada DOF 16-07-2025 LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 15 de 42 V BIS. Quinta Vocalía: Persona titular de la Comandancia de la Fuerza Aérea; Fracción adicionada DOF 16-07-2025 V TER. Sexta Vocalía: Persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional; Fracción adicionada DOF 16-07-2025 VI. Secretaría: Persona titular de la Subjefatura Administrativa y Logística del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 VII. Secretaría Adjunta: Jefe de la Sección de Recursos Humanos del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional. Fracción reformada DOF 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.