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Ley
LEY Aduanera
Artículo
113

Artículo 113 de la LEY Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando mandes mercancías mexicanas al extranjero por un tiempo, no tienes que pagar impuestos de importación o exportación. Pero sí debes cumplir con todos los permisos, reglas y trámites especiales que se piden para este tipo de operación. Esas reglas son cosas como permisos de salud, seguridad o ambiente, según el producto. También tienes que presentar todos los papeles necesarios en la aduana para que te autoricen el envío. En corto: no pagas impuestos, pero no te saltes ningún requisito.

Texto oficial

ARTICULO 113. La exportación temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas se sujetará a lo siguiente: l. No se pagarán los impuestos al comercio exterior. II. Se cumplirán las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

Ver texto oficial de la LEY Aduanera (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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