- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 113
Artículo 113 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando mandes mercancías mexicanas al extranjero por un tiempo, no tienes que pagar impuestos de importación o exportación. Pero sí debes cumplir con todos los permisos, reglas y trámites especiales que se piden para este tipo de operación. Esas reglas son cosas como permisos de salud, seguridad o ambiente, según el producto. También tienes que presentar todos los papeles necesarios en la aduana para que te autoricen el envío. En corto: no pagas impuestos, pero no te saltes ningún requisito.
Texto oficial
ARTICULO 113. La exportación temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas se sujetará a lo siguiente: l. No se pagarán los impuestos al comercio exterior. II. Se cumplirán las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.