- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 35
Artículo 35 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 35 explica qué es el "despacho aduanero". Básicamente, son todos los trámites y pasos que debes hacer cuando traes mercancías del extranjero a México o las envías a otro país. Estos pasos los realizan tanto las autoridades de la aduana como las personas que importan o exportan, ya seas el dueño, el que recibe o el que envía la mercancía. Todo se hace a través del sistema electrónico de la aduana, aunque el SAT (la autoridad fiscal) puede decir cómo proceder si el sistema se cae por un accidente o algo fuera de control.
Texto oficial
ARTICULO 35. Para efectos de esta Ley, se entiende por despacho aduanero el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes aduanales o agencias aduanales, empleando el sistema electrónico aduanero. El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas, lo procedente en los casos de contingencias en el sistema electrónico aduanero derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. Artículo reformado DOF 09-12-2013, 25-06-2018
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.