- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 80
Artículo 80 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 80 dice que los impuestos que pagas por traer mercancías del extranjero se calculan de la siguiente forma: primero se saca la base gravable (que es el valor sobre el cual se aplica el impuesto) según las reglas de las secciones que menciona, y luego se le aplica una cuota o porcentaje que depende del tipo de producto que estás importando, según su clasificación arancelaria (que es como un código que identifica cada mercancía). En pocas palabras, el impuesto se calcula con base en el valor de lo que compras y el tipo de artículo que es.
Texto oficial
ARTICULO 80. Los impuestos al comercio exterior se determinarán aplicando a la base gravable determinada en los términos de las Secciones Primera y Segunda del Capítulo lll del presente Título, respectivamente, la cuota que corresponda conforme a la clasificación arancelaria de las mercancías.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.