- Ley
- LEY Aduanera
- Artículo
- 91
Artículo 91 de la LEY Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien trae cosas del extranjero o las envía fuera del país, tiene que llenar un documento llamado pedimento. En ese documento debe decir claramente si las mercancías van a quedarse en México, van a pasar de paso o van a salir. También tiene que jurar que está cumpliendo con todos los requisitos que pide la ley, como pagar impuestos o cuotas especiales. Es como firmar bajo protesta de decir la verdad, así que si mientes, te pueden meter en problemas.
Texto oficial
ARTICULO 91. Quienes introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional deberán señalar en el pedimento el régimen aduanero que solicitan para las mercancías y manifestar bajo protesta de decir verdad el cumplimiento de las obligaciones y formalidades inherentes al mismo, incluyendo el pago de las cuotas compensatorias. Artículo reformado DOF 09-12-2013
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.