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Ley
LEY de Aeropuertos
Artículo
15

Artículo 15 de la LEY de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno te puede dar permiso para usar o explotar algo (como agua, tierra o servicios) por hasta 50 años. Ese permiso se puede renovar, una o varias veces, por otros 50 años más, siempre y cuando hayas cumplido con todo lo que firmaste en el acuerdo original. Para pedir la renovación, tienes que hacerlo antes de que falten 5 años para que se acabe tu permiso. También tienes que aceptar las nuevas reglas que ponga la dependencia encargada.

Texto oficial

ARTICULO 15. Las concesiones se otorgarán hasta por un plazo de cincuenta años, y podrán ser prorrogadas, en una o varias ocasiones hasta por un plazo que no exceda de cincuenta años adicionales, siempre que el concesionario hubiere cumplido con las condiciones previstas en el título respectivo y lo solicite antes de que den inicio los últimos cinco años de la vigencia de la concesión, y acepte las nuevas condiciones que establezca la Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY de Aeropuertos (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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