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Artículo 23 de la LEY de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien compra el control de una empresa que tiene permiso para operar un aeropuerto civil, debe avisarle a la Secretaría de Infraestructura o a la Agencia Federal de Aviación Civil. La persona o grupo que hace la compra tiene que decir por escrito que acepta todas las responsabilidades y obligaciones que ya estaban establecidas en el permiso original del aeropuerto. Si todo está en orden, la autoridad tiene 30 días naturales para dar su aprobación desde que recibe el aviso. Se considera que alguien toma el control cuando es dueño del 35% o más de las acciones de la empresa, puede elegir a la mayoría de los directivos, o controla el aeropuerto de cualquier otra forma.

Texto oficial

ARTICULO 23. Se debe notificar a la persona titular de la Secretaría o a la Agencia Federal de Aviación Civil, según corresponda, la adquisición directa o indirecta del control de una sociedad mercantil concesionaria o permisionaria de un aeródromo civil, por cualquier persona o grupo de personas, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas, las que deben manifestar expresamente que asumen las responsabilidades y obligaciones contraídas en el título de concesión o permiso expedidos. Párrafo reformado DOF 03-05-2023 La Secretaría o la Agencia Federal de Aviación Civil, según corresponda, en caso de que se cumpla con lo dispuesto en este artículo y no se contravengan las disposiciones jurídicas aplicables, emitirá la aprobación correspondiente, en un plazo de treinta días naturales, contados a partir de la notificación. Párrafo adicionado DOF 03-05-2023 Para los efectos señalados en el presente artículo, se entenderá que una persona o grupo de personas adquiere el control de un aeródromo civil cuando sea propietario de 35% o más de los títulos representativos del capital social de una concesionaria o permisionaria, tenga el control de la asamblea general de accionistas, esté en posibilidad de nombrar a la mayoría de los miembros encargados de la administración, o por cualquier otro medio controle el aeródromo civil de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.