Artículo 4 de la LEY de Aeropuertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los aeropuertos civiles en México deben seguir lo que dice esta Ley y los tratados internacionales, siempre y cuando no vayan contra la Constitución. Si algo no está especificado aquí, se usan otras leyes como la de Vías Generales de Comunicación, la de Aviación Civil o la Federal de Procedimiento Administrativo, entre otras. También aplican códigos como el de Comercio y el Civil Federal para llenar esos vacíos. Las definiciones de tratados internacionales que no estén en las leyes mexicanas se pueden usar de apoyo, pero sin contradecir la Constitución. Por último, la infraestructura de los aeropuertos debe seguir los estándares técnicos de la Organización de Aviación Civil Internacional.
Texto oficial
ARTICULO 4. Los aeródromos civiles se rigen por lo previsto en la presente Ley y en los tratados internacionales, en lo que no se opongan a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A falta de disposición expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en: Párrafo reformado DOF 03-05-2023 I. La Ley de Vías Generales de Comunicación; II. La Ley General de Bienes Nacionales; III. La Ley de Aviación Civil; IV. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo; V. La Ley de Infraestructura de la Calidad, y Fracción reformada DOF 03-05-2023 VI. Los códigos de Comercio; Civil Federal, y Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. LEY DE AEROPUERTOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 4 de 49 Fracción reformada DOF 18-06-2018, 14-11-2025 Las definiciones de los tratados internacionales en materia de aviación civil suscritos por el Estado mexicano que no estén contenidas en las leyes expedidas por el Congreso de la Unión, normas oficiales mexicanas, ni en las disposiciones técnico-administrativas aplicables, se utilizarán supletoriamente, siempre que no se opongan a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Párrafo adicionado DOF 03-05-2023 Las características técnicas de infraestructura aeroportuaria deben apegarse a las normas y métodos establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional en sus diversos anexos y documentos. Párrafo adicionado DOF 03-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.