- Ley
- LEY Agraria
- Artículo
- 123
Artículo 123 de la LEY Agraria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un terreno chico para ganado y decides convertirlo en bosque, sigue siendo considerado pequeña propiedad aunque tenga más de 800 hectáreas. La ley te protege para que no pierdas los beneficios de ser pequeño propietario solo por querer reforestar.
Texto oficial
Artículo 123.- Cuando las tierras de una pequeña propiedad ganadera se conviertan en forestales, ésta seguirá considerándose como pequeña propiedad, aunque rebase ochocientas hectáreas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.