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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LAgra/130
Ley
LEY Agraria
Artículo
130

Artículo 130 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una empresa tiene acciones de la "serie T", una persona extranjera no puede poseer más del 49% de esas acciones. Esto aplica a las sociedades que menciona esta ley. El tope es para que el control mayoritario quede en manos de mexicanos, aunque el extranjero puede tener hasta casi la mitad. Así que si eres extranjero y quieres invertir en una empresa de este tipo, solo puedes comprar acciones hasta ese límite.

Texto oficial

Artículo 130.- En las sociedades a que se refiere este título, los extranjeros no podrán tener una participación que exceda del 49% de las acciones o partes sociales de serie T.

Ver texto oficial de la LEY Agraria (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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