- Ley
- LEY Agraria
- Artículo
- 141
Artículo 141 de la LEY Agraria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Subprocurador necesitas ser mexicano, mayor de edad y tener tus derechos políticos y civiles al corriente (como poder votar). También debes tener título de licenciado en derecho registrado al menos dos años antes de que te elijan, y haber trabajado como abogado por lo menos dos años. Además, necesitas buena fama y no haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito que te haya dado cárcel. El Secretario General solo debe cumplir con los requisitos de ser mexicano, mayor de edad con derechos vigentes y tener buena reputación sin antecedentes penales por delitos intencionales.
Texto oficial
Artículo 141.- Los Subprocuradores deberán reunir los requisitos siguientes: I. Ser mexicano, mayor de edad y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de dos años, cédula profesional de licenciado en derecho y una práctica profesional también de dos años; y III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal. El Secretario General deberá reunir los requisitos previstos en las fracciones I y III anteriores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.