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Artículo 15 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para ser ejidatario necesitas ser mexicano y mayor de edad, aunque si tienes familia a tu cargo o eres heredero de un ejidatario, puedes serlo sin importar tu edad. También debes vivir en el ejido de que se trate, a menos que seas heredero. Cada ejido puede poner sus propias reglas en su reglamento interno, así que revisa lo que pide el tuyo.

Texto oficial

Artículo 15.- Para poder adquirir la calidad de ejidatario se requiere: I. Ser mexicano mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo o se trate de heredero de ejidatario; y II. Ser avecindado del ejido correspondiente, excepto cuando se trate de un heredero, o cumplir con los requisitos que establezca cada ejido en su reglamento interno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.