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Ley
LEY Agraria
Artículo
53

Artículo 53 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 53 dice que todo lo relacionado con cómo se reparte, usa, pasa, mantiene y cobra el agua en los ejidos (terrenos comunitarios) debe seguir las leyes y reglas oficiales sobre el tema. Esto incluye cosas como cuánto pagar, los derechos de paso y cómo se pueden traspasar los permisos de agua. En pocas palabras, no se puede hacer a lo loco: todo tiene que ajustarse a lo que marcan las normas. Así que si eres parte de un ejido, las reglas del agua ya están definidas por la ley.

Texto oficial

Artículo 53.- La distribución, servidumbres de uso y de paso, mantenimiento, contribuciones, tarifas, transmisiones de derechos y demás aspectos relativos al uso de volúmenes de agua de los ejidos estarán regidas por lo dispuesto en las leyes y normatividad de la materia.

Ver texto oficial de la LEY Agraria (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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