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Artículo 59 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si te asignan un pedazo de tierra que está en bosques o selvas tropicales, esa asignación no vale absolutamente nada desde el momento en que se hace. Esto aplica aunque alguien te haya dado un documento o papeles. La ley lo cancela por completo, como si nunca hubiera existido. Así que no puedes hacer uso de ese terreno, ni construir ni sembrar en él.

Texto oficial

Artículo 59.- Será nula de pleno derecho la asignación de parcelas en bosques o selvas tropicales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.