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Ley
LEY Agraria
Artículo
85

Artículo 85 de la LEY Agraria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos ejidatarios quieren comprar la misma tierra al mismo tiempo y ofrecen el mismo precio, el comisariado ejidal —que son los representantes del ejido— va a hacer un sorteo con la ayuda de un fedatario público (como un notario). Ese sorteo es para decidir quién se queda con el derecho de comprar el terreno de manera justa. Así que no se pelean ni se decide por "dedazo"; todo se resuelve al azar frente a un testigo oficial.

Texto oficial

Artículo 85.- En caso de que se presente ejercicio simultáneo del derecho del tanto con posturas iguales, el comisariado ejidal, ante la presencia de fedatario público, realizará un sorteo para determinar a quién corresponde la preferencia.

Ver texto oficial de la LEY Agraria (pág. 17) ↗

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