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Ley
LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
197

Artículo 197 de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez da una sentencia, todas las autoridades que tienen que ver con que se cumpla (como policías, oficinas de gobierno o jueces) están obligadas a hacer todo lo que esté en sus manos para que esa sentencia se lleve a cabo. Si no lo hacen, pueden meterse en problemas y hacerse responsables igual que dice este capítulo de la ley. En pocas palabras, nadie puede hacerse wey: si les toca participar, tienen que cumplir.

Texto oficial

Artículo 197. Todas las autoridades que tengan o deban tener intervención en el cumplimiento de la sentencia, están obligadas a realizar, dentro del ámbito de su competencia, los actos necesarios para su eficaz cumplimiento y estarán sujetos a las mismas responsabilidades a que alude este Capítulo.

Ver texto oficial de la LEY de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 69) ↗

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