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Artículo 29 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que México tenga más investigación científica en temas de bioseguridad y biotecnología, se va a crear un programa especial. Este programa lo va a diseñar el CONACyT, que es la agencia del gobierno que se encarga de la ciencia, tomando en cuenta lo que le pidan otras dependencias del gobierno que también hacen investigación. Para armarlo, también van a escuchar las ideas y sugerencias de los científicos, académicos, empresarios del sector y otros expertos, a través del Foro Consultivo Científico y Tecnológico y de la CIBIOGEM, que son grupos de especialistas. Este programa va a ser parte de un plan más grande de ciencia y tecnología que ya establece otra ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 29.- Para lograr el fomento a la investigación científica y tecnológica en materia de bioseguridad y de biotecnología se establecerá un programa para el desarrollo de la bioseguridad y la biotecnología que será considerado como un programa cuya formulación estará a cargo del CONACyT con base en las propuestas que presenten las Secretarías y las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que apoyen o realicen investigación científica y desarrollo tecnológico. En dicho proceso se tomarán en cuenta las opiniones y propuestas de las comunidades científica, académica, tecnológica y sector productivo, convocadas por el Foro Consultivo Científico y Tecnológico, y de la CIBIOGEM. Dicho programa formará parte del Programa Especial de Ciencia y Tecnología que establece la Ley de Ciencia y Tecnología.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.