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Ley
LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
Artículo
41

Artículo 41 de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No puedes usar organismos modificados genéticamente (OGMs) para fabricar o usar armas biológicas. Tampoco puedes usar ningún otro organismo con ese mismo propósito. Esto está totalmente prohibido por la ley. En pocas palabras, nadie puede crear armas que usen seres vivos o sus partes para dañar a otras personas.

Texto oficial

ARTÍCULO 41.- Se prohíbe realizar actividades con OGMs o con cualquier otro organismo cuya finalidad sea la fabricación y/o utilización de armas biológicas. CAPÍTULO II Requisitos para la Obtención de Permisos SECCIÓN I Permiso para liberación experimental al ambiente

Ver texto oficial de la LEY de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (pág. 19) ↗

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