Artículo 63 de la LEY de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las cuotas compensatorias son un tipo de impuesto que se cobra cuando un producto extranjero se vende más barato en México de lo que cuesta en su país de origen. El artículo dice que ese dinero que se cobra se considera un "aprovechamiento", que es la palabra que usa el gobierno para los ingresos que recibe. Esto está definido en el artículo 3 del Código Fiscal de la Federación, que básicamente dice que son pagos obligatorios que el gobierno usa para sus gastos. En pocas palabras, las cuotas compensatorias son dinero que el gobierno recolecta y trata igual que otros impuestos.
Texto oficial
Artículo 63.- Las cuotas compensatorias serán consideradas como aprovechamientos en los términos del artículo 3o. del Código Fiscal de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.