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Artículo 86 de la LEY de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de la economía) puede sospechar, durante una investigación, que alguna de las personas o empresas involucradas hizo algo prohibido, como prácticas monopólicas (que es cuando una empresa controla un producto o servicio para evitar la competencia). Si eso pasa, la Secretaría le avisará a la autoridad que sí puede aplicar sanciones (como multas o castigos). En pocas palabras, la Secretaría no castiga directamente, pero tiene que pasar el caso a quien sí puede hacerlo. Esto aplica desde marzo de 2003.

Texto oficial

Artículo 86.- Si en el curso de los procedimientos a que se refiere este título, la Secretaría considera que existen elementos que le permitan suponer que alguna de las partes realizó prácticas monopólicas sancionadas en los términos de la ley de la materia, dará vista a la autoridad competente. Artículo reformado DOF 13-03-2003

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.