- Ley
- LEY de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
- Artículo
- 30
Artículo 30 de la LEY de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todos los que tienen un negocio, ya sea de comercio o industria, tienen la obligación de registrar cada una de sus tiendas o locales en el SIEM (que es como un padrón de empresas a nivel nacional). Además, deben actualizar esa información cada año, sin excepción. Si no lo haces, podrías tener problemas, porque la ley no deja a nadie fuera de esta regla.
Texto oficial
Artículo 30.- Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.