Artículo 22 de la LEY de Coordinación Fiscal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC) es una institución del gobierno que tiene su propio dinero y personalidad legal. Su trabajo es estudiar cómo funciona el sistema de cobro de impuestos entre la Federación (el gobierno federal) y los estados, y también revisar las leyes de impuestos de todo el país. Además, sugiere formas de repartir mejor el dinero entre la Federación y los estados para que sea más justo. También capacita a los funcionarios que trabajan en impuestos y ayuda a los municipios a mejorar cómo manejan su dinero.
Texto oficial
Artículo 22.- El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC), es un organismo público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con las siguientes funciones: I.- Realizar estudios relativos al sistema nacional de coordinación fiscal. LEY DE COORDINACIÓN FISCAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-01-2024 25 de 98 II.- Hacer estudios permanentes de la legislación tributaria vigente en la Federación y en cada una de las entidades, así como de las respectivas administraciones. Fe de erratas a la fracción DOF 12-02-1979 III.- Sugerir medidas encaminadas a coordinar la acción impositiva federal y local, para lograr la más equitativa distribución de los ingresos entre la Federación y las entidades. Fe de erratas a la fracción DOF 12-02-1979 IV.- Desempeñar las funciones de secretaría técnica de la Reunión Nacional y de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales. V.- Actuar como consultor técnico de las haciendas públicas. VI.- Promover el desarrollo técnico de las haciendas públicas municipales. VII.- Capacitar técnicos y funcionarios fiscales. VIII.- Desarrollar los programas que apruebe la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales. Para el desempeño de las funciones indicadas el Instituto podrá participar en programas con otras instituciones u organismos que realicen actividades similares.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.