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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCID_061120/30
Ley
LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a pedirle a la AMEXCID (la agencia de cooperación internacional de México) cualquier información específica sobre proyectos de ayuda entre países, y ellos deben dártela rápido. La información que te entreguen tiene que ser clara y directa, justo lo que preguntaste. Claro, esto siempre se hace siguiendo las reglas que marcan las leyes de acceso a la información.

Texto oficial

Artículo 30. Toda persona tendrá derecho a que la AMEXCID ponga a su disposición la información puntual que solicite sobre la cooperación internacional para el desarrollo, en los términos previstos por las leyes.

Ver texto oficial de la LEY de Cooperación Internacional para el Desarrollo (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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