- Ley
- LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 47
Artículo 47 de la LEY de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los datos sobre los cursos de capacitación y desarrollo que están en el Registro deben estar siempre al día. Esto significa que cada vez que hagas un curso o tomes un taller, tienes que actualizar esa información de inmediato. No puedes dejarlo para después ni esperar a que pase mucho tiempo. Así todo se mantiene correcto y sin errores.
Texto oficial
Artículo 47. Actualización Los datos del Registro respecto al proceso de capacitación y desarrollo deberán actualizarse de manera permanente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.