Artículo 183 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El síndico es la persona encargada de administrar los bienes de un comerciante que está en problemas financieros. Desde el momento en que recibe esos bienes, tiene que actuar de inmediato para protegerlos. Esto significa que debe asegurarse de que no se dañen, roben o pierdan. Por ejemplo, si hay mercancía, maquinaria o dinero, tiene que poner candados, vigilancia o lo que se necesite para que estén a salvo. Es como si alguien te dejara su casa al cuidado: desde que te dan las llaves, debes cerrar bien y evitar que pase algo malo.
Texto oficial
Artículo 183.- El síndico, al entrar en posesión de los bienes que integran la empresa del Comerciante, tomará inmediatamente las medidas necesarias para su seguridad y conservación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.