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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LCM/200
Ley
LEY de Concursos Mercantiles
Artículo
200

Artículo 200 de la LEY de Concursos Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A partir del día en que se publica el aviso de la subasta y hasta el día antes de que se realice, cualquier persona que quiera participar puede darle al juez, en un sobre cerrado, una oferta por los bienes que se van a vender. Las ofertas que se entreguen después de ese plazo ya no serán aceptadas bajo ninguna circunstancia.

Texto oficial

Artículo 200.- Desde el día en que se haga la publicación señalada en el artículo anterior hasta el día inmediato anterior a la fecha de la subasta, cualquier interesado en participar podrá presentar al juez, en sobre cerrado, posturas por los bienes objeto de la subasta. Las que se presenten después no serán admitidas.

Ver texto oficial de la LEY de Concursos Mercantiles (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.