- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 206
Artículo 206 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un día después de que el comerciante (la persona o empresa en problemas) presente cierta solicitud para vender sus bienes, el juez tiene que mostrar esa solicitud a los acreedores reconocidos (a quienes se les debe dinero) y a los interventores (supervisores) por diez días. Durante ese tiempo, pueden decirle al juez por escrito que no están de acuerdo con la propuesta: - El propio comerciante, - La quinta parte de los acreedores reconocidos, - Acreedores que juntos representen al menos el 20% del total de lo que se les debe, - O interventores elegidos por acreedores que sumen ese 20%. Si nadie dice nada en contra en esos diez días, el juez le ordena al síndico (la persona encargada de administrar la quiebra) que empiece a vender los bienes tal como se pidió.
Texto oficial
Artículo 206.- Al día siguiente de recibida la solicitud a que se refiere el artículo anterior, el juez la pondrá a la vista del Comerciante, de los Acreedores Reconocidos y de los interventores por un plazo de diez días. Durante este plazo podrán manifestar al juez por escrito su desacuerdo con la propuesta las personas siguientes: I. El Comerciante; II. La quinta parte de los Acreedores Reconocidos; LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 54 de 103 III. Los Acreedores Reconocidos que representen, en su conjunto, al menos el 20 por ciento del monto total de los créditos reconocidos, o IV. Los Interventores que hayan sido designados por Acreedores Reconocidos que representen, en su conjunto, al menos el 20 por ciento del monto total de créditos reconocidos. Transcurrido el plazo sin que se manifieste desacuerdo, el juez ordenará al síndico que proceda a la enajenación en los términos de la solicitud.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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