- Ley
- LEY de Concursos Mercantiles
- Artículo
- 216
Artículo 216 de la LEY de Concursos Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien tiene una deuda y pone algo en garantía (como una casa o un carro), y esa garantía se vende para pagar, de lo que se obtenga por la venta se va a apartar una parte para pagar a otros acreedores que tienen prioridad, como trabajadores o gastos del concurso mercantil. Es decir, el dinero no es todo para quien prestó, sino que primero se descuenta lo que le toca a esos otros. Si al momento de la venta no se sabe exactamente cuánto hay que apartar para esos otros acreedores, se calcula una cantidad mínima y el resto se guarda para después. Luego, el síndico (la persona encargada del concurso) hace los cálculos finales y ajusta la diferencia.
Texto oficial
Artículo 216.- Cuando se proceda a la ejecución de una garantía o a su enajenación conforme al artículo 214 anterior, se deducirá del producto de la venta la cantidad con la que el acreedor debe LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 57 de 103 contribuir al pago de los acreedores singularmente privilegiados y de los créditos con cargo a la Masa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 226 de esta Ley. De no poderse determinar con precisión, al momento de la ejecución, la contribución que le correspondería, se deducirá la cantidad mínima que se pueda prever y se reservará la diferencia entre ésta y la máxima que pudiere resultar, conforme a los cálculos que al efecto realice el síndico. El ajuste definitivo se realizará tan pronto como sea posible determinar con precisión el monto de la contribución correspondiente. Capítulo II De la graduación de créditos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.